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9 de julio de 2014

TODO LO QUE NECESITAS SABER PARA POSTULAR AL «BONO TRABAJO MUJER»

Bono al Trabajo de la Mujer
Consiste en un aporte monetario que es pagado directamente a los empleadores y a las  trabajadoras que postulen y cumplan los requisitos de acceso. El monto del beneficio depende de la renta de la trabajadora, y se paga sólo si las cotizaciones previsionales de pensión y salud se encuentran al día.
El Bono es anual. Se calcula de acuerdo a la rentas del año calendario (enero a diciembre), no obstante la trabajadora podrá solicitar anticipos mensuales (provisionales) los cuales luego serán re liquidados en el cálculo anual (art. 5 ley 20.338).
Proceso de Postulación y Concesión
Cualquier mujer que cumpla con los requisitos de postulación y concesión, que se detallan más adelante, puede obtener el beneficio de “tener derecho a recibir el pago del Bono” durante el periodo estipulado para cada mujer (48 meses continuos) si es que cumple con los requisitos de pago.
Requisitos de Postulación y Concesión para las trabajadoras:

Ser de género femenino (cruce Registro Civil)
Tener entre 25 y 59 años de edad (cruce Registro Civil).
Tener Ficha de Protección Social y pertenecer al 35% de la población más vulnerable a nivel socio económico.
La postulación se realiza a través de www.sence.cl o www.bonotrabajomujer.cl registrándose para luego postular.

 
La trabajadora, para saber si pertenece a ese 35% debe obtener un puntaje igual o menor a 104, el que puede ser calculado en base al puntaje de la ficha (inferior a 8.470 puntos) y los ingresos por persona del núcleo familiar.
 
En el caso de tratarse de una trabajadora dependiente (con contrato) es necesario regirse por el Código del Trabajo. Si es independiente sus cotizaciones previsionales deben estar al día. Sólo podrán postular quienes trabajen en empresas privadas o que tengan un aporte estatal menor al 50%.
 
El monto del Bono dependerá del nivel de ingresos de la persona y la familia. Las trabajadoras dependientes podrán solicitar un pago mensual o anual (éste se paga en agosto de cada año). En el caso de las trabajadoras independientes el pago sólo podrá recibirse en forma anual.
Proceso de Pago
Si cumple con todos los requisitos de pago establecidos la postulante tiene derecho al Pago del Bono.
El pago del Bono puede ser con modalidad Anual o Mensual según la opción que la beneficiaria haya escogido al momento de postular.
Requisitos de Pago para las trabajadoras:

Acreditar renta bruta anual inferior a  $4.810.042 en el año calendario en que se solicita el beneficio en el caso de modalidad de pago anual. O renta bruta mensual inferior a $400.837 en el caso de modalidad de pago mensual
Tener al día el pago de sus cotizaciones obligatorias de pensiones y de salud del año calendario indicado.
No trabajar en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%.
No registrar una solicitud vigente en el subsidio Empleo Joven.
No ser trabajadora del Programa Inversión a la Comunidad.
Estar trabajando como dependiente o independiente.

Requisitos Postulación y Concesión Empleadores:

Que sus trabajadoras:

 Estén regidas por el Código del Trabajo.
Tengan entre 25 y menos de 60 años de edad.
Posean una solicitud vigente en el Bono al Trabajo de la Mujer.

 
Requisitos de Pago Empleadores:
 

Tengan pagadas sus cotizaciones de seguridad social dentro del plazo legal (día 10 vía caja y 13 vía electrónica).

 
Duración del Beneficio:
Trabajadora:
El beneficio dura 4 años continuos por una única vez,  el plazo se cuenta a partir del mes siguiente de presentación de la solicitud y este transcurre independiente de si la beneficiaria se encuentra trabajando o no,  además el beneficio se mantiene por la totalidad del período (4 años), siempre y cuando  la beneficiaria se mantenga en el rango entre 25 y menos de 60 años de edad. 
Empleador:
En el caso de los empleadores, sea que la beneficiaria haya tenido uno o más empleadores, el Bono en su conjunto no podrá exceder del pago de 24 mensualidades durante el periodo en que la beneficiaria puede tener derecho al bono. La trabajadora es portadora de hasta 24 pagos únicos para el o los empleadores)
Cálculo del monto del subsidio anual
El monto anual del bono dependerá del monto de rentas que obtenga la trabajadora dentro de un año calendario (enero a diciembre), y se calculará como se muestra a continuación:
a)      Respecto de las trabajadoras cuyas rentas brutas anuales sean iguales o inferiores a $2.137.797, el bono ascenderá al 20% de la suma de remuneraciones y rentas imponibles.
Ejemplo: Remuneración imponible anual de $2.000.000, bono anual de $400.000.
b)       Respecto de las trabajadoras cuyas rentas brutas anuales sean superiores a $2.137.797, e inferiores o iguales a $2.672.246, el monto anual ascenderá a $427.559 (20% de $2.137.797).
 
c)       Respecto de las trabajadoras cuyas rentas del trabajo brutas anuales sean superiores a $2.672.246 e inferiores a $4.810.042, el monto del subsidio ascenderá a $427.559 (20% de $2.137.797)  menos el 20% de la diferencia entre la suma de las remuneraciones y rentas imponibles anuales y $2.672.246.
Cálculo del bono mensual:
El monto del Bono que se puede anticipar mensualmente, se calcula como se indica a continuación, correspondiendo a la trabajadora 2/3 y al empleador 1/3 del aporte estatal:
a)      Cuando las remuneraciones brutas mensuales sean iguales o inferiores a $178.149, el bono ascenderá al 30% de la remuneración sobre la cual se hubieran realizado cotizaciones obligatorias de pensiones y salud (remuneración imponible). 
Ejemplo: Remuneración bruta $150.000 pesos. El monto del bono son $45.000 pesos, correspondiendo a la trabajadora $30.000 pesos y al empleador $15.000.
b)      Cuando la remuneración bruta mensual de la trabajadora sea superior a $178.149  e igual o inferior a $222.687,  el bono ascenderá a $53.445 (30% de $178.149), correspondiendo a la trabajadora $35.630 pesos y al empleador $17.815 pesos.
 
c)       Cuando la remuneración bruta mensual de la trabajadora sea superior a $222.687 e inferior a $400.837, el monto mensual del subsidio será la cantidad que resulte de restar al 30% de $178.149 el 30% de la diferencia entre la remuneración mensual bruta y $222.687.